lunes, 1 de abril de 2013

Un poco de historia:



 
El 14 de Diciembre de 1874, se expidió la Ley Orgánica de las adiciones y reformas a la Constitución anteriormente transcritas, y como el artículo 21 de la misma establece textualmente; que, "la simple promesa de decir verdad y de cumplir las obligaciones que se contraen, sustituyan al juramento religioso en sus efectos o penas, pero una y otra sólo son requisitos legales cuando se trate de afirmar un hecho ante los tribunales, en cuyo caso se prestará la primera, y la segunda cuando se tome posesión del cargo o empleo. Esta última se prestará haciendo promesa formal, sin reserva alguna, de guardar y hacer guardar en su caso la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con sus adiciones y reformas, y las leyes que de ésta emanen. Tal protesta la deberán prestar todos los que tomen posesión de un empleo o cargo público, ya sea de la Federación, o de un Estado o de los Mu- nicipios. En los demás casos en que con arreglo a las leyes el juramento producía algunos efectos civiles, deja de producirlos la protesta, aún cuando llegue a prestarse", fue indispensable que todos los funcionarios y empleados de la Federación, de los Estados y de los Municipios prestaran esa protesta de la ley para poder continuar o empezar, según los casos, en el ejercicio de sus correspondientes empleos.
Con el propósito de desobedecer la Constitución y las Leyes de Reforma y de evitar que el elemento católico que desempeñaba puestos en la administración pública prestaran la protesta de ley, el clero decretó la excomunión para todas aquellas personas que rindieran aquella protesta, declarando, por medio de pastorales de sus obispos y de sermones que públicamente pronunciaban los sacerdotes, que aquellas personas, o sea los católicos, no debían obedecer la Constitución de la República y las susodichas leyes. Pero no se conformó con esas medidas, sino que, incitando al pueblo creyente a la rebelión, provocó diversos levantamientos patrocinados personalmente por sacer- dotes, especialmente en los Estados de Michoacán y México, cometiéndose toda clase de crímenes en contra de los particulares y de las autoridades.

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